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Sentencia T-357 de 2024 ordena modificaciones en la enseñanza religiosa para garantizar la neutralidad del Estado laico.
La Corte Constitucional, mediante la Sentencia T-357 de 2024, amparó los derechos fundamentales de una niña de 9 años que, a pesar de profesar la fe cristiana, fue obligada a recibir enseñanzas propias del catolicismo en su colegio público. El caso pone en evidencia la importancia del principio de laicidad en la educación pública y cómo su incumplimiento puede vulnerar derechos como la libertad de cultos y el derecho a la educación.
El conflicto inició cuando Sara, una estudiante de quinto de primaria, comenzó a recibir enseñanzas católicas en la clase de religión, a pesar de que ella y su familia profesaban la fe cristiana. Preocupado por el impacto que esto podría tener en su hija, Vicente, el padre de Sara, solicitó a la profesora que respetara la libertad de cultos de su hija y le ofreciera una alternativa educativa. Sin embargo, su petición fue ignorada.
Frustrado por la falta de respuesta, Vicente elevó una petición formal al rector del colegio, solicitando que su hija fuera evaluada a través de trabajos escritos en lugar de asistir a la clase de religión. Aunque el rector aseguró informalmente que la situación no afectaría las calificaciones de Sara, cuando Vicente recibió el reporte académico, encontró que su hija había obtenido una calificación de 0,0 en la materia, lo que afectó significativamente su promedio y su estado emocional.
Ante esta situación, Vicente presentó una acción de tutela, argumentando que se había vulnerado la libertad de cultos de su hija. A pesar de este esfuerzo, al finalizar el año escolar decidió trasladarla a un colegio en el que sus creencias religiosas fueran respetadas.
La Corte Constitucional, al revisar el caso, se centró en el principio de laicidad, que establece la separación entre el Estado y las religiones, y la obligación de neutralidad que tienen las instituciones públicas, incluidas las educativas, en materia religiosa. La Sala Primera de Revisión concluyó que, aunque el catolicismo tiene un fuerte arraigo cultural en el país, las instituciones educativas públicas deben respetar y garantizar la libertad de cultos, evitando la promoción de una fe particular.
En este sentido, la Corte subrayó que la educación religiosa en colegios públicos debe ser de carácter histórico y cultural, sin contenido dogmático. Además, deben ofrecer alternativas para aquellos estudiantes que, en ejercicio de su libertad de cultos, elijan no recibir formación religiosa.
En el caso de Sara, la Corte determinó que la institución educativa vulneró su derecho a la libertad de cultos al no garantizar una alternativa que le permitiera continuar sus estudios sin recibir contenidos específicos del catolicismo. Asimismo, se vulneró su derecho a la educación al afectar su rendimiento académico de manera injustificada.
La Sentencia T-357 de 2024 establece un precedente clave para la protección de la libertad de cultos en el sistema educativo público. La Corte ordenó al colegio involucrado que modifique su Proyecto Educativo Institucional (PEI) para garantizar que todos los estudiantes que decidan no recibir educación religiosa cuenten con alternativas adecuadas. Además, ordenó la eliminación de contenidos dogmáticos católicos de la clase de religión, asegurando que la enseñanza tenga un enfoque neutral y plural.
Este fallo también tiene implicaciones en la relación entre el Estado y las religiones, reafirmando el principio de laicidad consagrado en la Constitución de 1991. En un país con una gran diversidad religiosa, es fundamental que las instituciones públicas sean espacios donde se respete la libertad de creencias y se promueva la igualdad de derechos.
Por último, la Corte concluyó que el colegio vulneró el derecho de petición de Vicente al no responder formalmente su solicitud. Esto refuerza la importancia de que las instituciones públicas respeten el debido proceso y brinden respuestas claras y oportunas a las solicitudes de los ciudadanos.
El fallo de la Corte Constitucional en la Sentencia T-357 de 2024 es un avance importante para la protección de los derechos fundamentales en el ámbito educativo. Garantiza que los estudiantes de colegios públicos puedan ejercer su libertad de cultos sin que se les imponga una religión específica y refuerza la obligación del Estado de ser neutral frente a las creencias religiosas. Esta decisión también subraya la necesidad de que las instituciones educativas públicas respeten tanto los derechos de los estudiantes como los procedimientos formales al atender las solicitudes de los padres de familia.