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La Corte Constitucional refuerza la protección de los derechos laborales y sociales de los padres durante la licencia de paternidad.
La Corte Constitucional, en su reciente Sentencia T-259 de 2024, ha emitido un fallo significativo en defensa de los derechos fundamentales de los trabajadores, al amparar a Jonatan Castillo, quien fue despedido mientras se encontraba en licencia de paternidad. Esta decisión destaca la importancia de garantizar el respeto a la licencia de paternidad como un derecho fundamental, vinculando directamente los principios de la vida digna, la estabilidad laboral reforzada y la protección del mínimo vital.
Jonatan Castillo, un asesor de cobranza, notificó a su empleador sobre el nacimiento de su hijo y solicitó la licencia de paternidad para asumir responsabilidades de cuidado. Pocos días después, la empresa le exigió regresar a sus labores o solicitar una licencia no remunerada. Al no aceptar estas condiciones, la empresa procedió a despedirlo, alegando incumplimiento de las obligaciones contractuales, incluyendo la falta al trabajo durante la licencia.
Este despido se realizó en un contexto donde el derecho a la licencia de paternidad no solo busca garantizar el bienestar del niño, sino también promover la equidad de género y la participación activa del padre en el cuidado infantil. Castillo, al no aceptar las condiciones impuestas y ser despedido, presentó una acción de tutela, solicitando la protección de sus derechos fundamentales.
La Sala Tercera de Revisión de la Corte Constitucional falló a favor de Jonatan Castillo, destacando que su despido mientras se encontraba en licencia de paternidad violó varios derechos fundamentales. La Corte subrayó que la licencia de paternidad no solo es un derecho reconocido por el principio del interés superior del niño, sino que también refleja un nuevo concepto de paternidad que reconoce la importancia del papel activo y participativo del padre en el cuidado del hijo.
La Corte precisó que el fuero por paternidad se aplica incluso si los padres no están en una relación de pareja. Esto asegura la protección de la progenitura responsable y permite que el derecho a la licencia de paternidad sea ejercido en cualquier situación en la que el padre notifique su situación al empleador. Además, la Corte afirmó que la protección no se limita a la relación laboral vigente, extendiendo el deber de protección a la estabilidad laboral para todos los trabajadores que ejercen responsabilidades familiares.
El fallo de la Corte establece un precedente clave en la protección de los derechos laborales durante la licencia de paternidad. Al considerar la terminación del contrato durante este período como un acto discriminatorio, la Corte refuerza la prohibición de penalizar a los trabajadores por cumplir con sus responsabilidades familiares. Este enfoque es fundamental para promover una cultura laboral que respete y valore el equilibrio entre la vida laboral y familiar.
La decisión también resalta la necesidad de que las empresas ajusten sus políticas y prácticas para garantizar el cumplimiento de los derechos laborales en consonancia con la Constitución. Las empresas deben revisar sus procedimientos para asegurar que no se produzcan actos de acoso laboral o despidos discriminatorios en relación con la licencia de paternidad.
En consecuencia, la Corte ordenó a la empresa reintegrar a Jonatan Castillo en su puesto de trabajo si así lo desea, y compensar los salarios y prestaciones sociales no pagados desde la fecha de su despido hasta su reincorporación. Además, la empresa deberá pagar una indemnización de 60 días por despido discriminatorio y abstenerse de cualquier acto de acoso laboral en caso de que el trabajador elija ser reintegrado.
Este fallo refuerza la protección de los derechos fundamentales de los trabajadores y establece un estándar para el respeto a la licencia de paternidad, subrayando la importancia de garantizar un entorno laboral justo y equitativo para todos.