Acción popular busca frenar cobros y restricciones en muelles turísticos de San Andrés, Isla

La demanda busca la protección de los Derechos Colectivos de Raizales, Residentes y Turistas, relacionados con el goce del espacio público, la moralidad administrativa y los derechos de consumidores y usuarios.

El Tribunal Administrativo del Departamento Archipiélago de San Andrés, Providencia y Santa Catalina admitió una acción popular interpuesta por la Corporación Clúster Náutico y Marítimo de San Andrés, Isla, contra varias entidades públicas, entre ellas la Gobernación Departamental, DIMAR, CORALINA, el Ministerio de Comercio, Industria y Turismo y la Superintendencia de Industria y Comercio.

¿Qué busca la acción popular?

La acción popular pretende que las autoridades garanticen el libre acceso de residentes, operadores turísticos y visitantes al mar, a las playas y a las zonas de embarque y desembarque ubicadas en bienes de uso público y áreas bajo jurisdicción marítima.

Según el documento presentado por la Corporación Clúster Náutico y Marítimo de San Andrés, existen presuntas barreras materiales, económicas y funcionales que estarían limitando ese acceso mediante cobros, cerramientos y controles ejercidos por particulares.

Uno de los puntos centrales de la demanda sostiene que ningún particular, por el solo hecho de tener un predio colindante con el borde costero, puede asumir facultades de exclusión, control o cobro sobre bienes públicos o accesos vinculados al mar sin respaldo jurídico vigente.

La organización demandante insiste en que el objetivo no es afectar derechos legítimos de propiedad privada, sino evitar que el acceso al mar y al espacio público costero quede condicionado por intereses particulares o pagos impuestos de manera unilateral.

Los puntos de embarque cuestionados

La demanda expone que, de acuerdo con información oficial de la Capitanía de Puerto de San Andrés, algunos de los puntos de embarque turísticos señalados no contarían actualmente con concesión marítima vigente o tendrían concesiones vencidas.

Entre los casos mencionados aparecen:

  • Tonino’s Marina: concesión vencida desde 2014.
  • Portofino: sin concesión marítima vigente.
  • Otros muelles turísticos con antecedentes similares también son mencionados en el expediente.

La acción judicial también hace referencia a presuntos cobros realizados a turistas, residentes y operadores náuticos como condición para acceder al embarque o desembarque.

De acuerdo con la documentación allegada al Tribunal, en enero de 2026 se reportó un incremento de cobros en el sector de Tonino’s Marina, pasando de $3.000 a $5.000 por persona, situación que, según la Corporación demandante, constituye una barrera económica para el acceso al espacio público costero.

El papel de las autoridades

La acción popular sostiene que distintas entidades públicas tendrían responsabilidades concurrentes frente a la situación denunciada.

En el caso de DIMAR, la demanda señala que la autoridad marítima ya habría advertido sobre ocupaciones indebidas y ausencia de permisos o concesiones en algunos puntos de embarque. Incluso, dentro del expediente se mencionan actuaciones previas y requerimientos dirigidos a la Gobernación para avanzar en procesos de recuperación material del espacio público.

Respecto de la Gobernación Departamental, la acción plantea una presunta omisión administrativa por no adoptar medidas eficaces y verificables para impedir cobros, cerramientos o restricciones de acceso al mar y a la playa.

Frente a CORALINA, la demanda solicita verificar el estatus ambiental de los muelles y cuestiona la eventual existencia de operaciones turísticas y puntos de recaudo en zonas sin viabilidad ambiental vigente.

La SIC, por su parte, es llamada al proceso para evaluar posibles afectaciones a los derechos de consumidores y usuarios derivadas de cobros verbales, falta de información transparente o exigencias económicas como condición para acceder a servicios turísticos y náuticos.

Lo que ordenó el Tribunal

Mediante auto admisorio fechado el 12 de mayo de 2026, el Tribunal Administrativo decidió admitir la acción popular y dar inicio formal al proceso judicial.

La decisión ordena:

  • Notificar a todas las entidades demandadas.
  • Informar públicamente a la comunidad sobre la existencia del proceso.
  • Remitir copia a la Defensoría del Pueblo.
  • Correr traslado de la demanda para que las entidades respondan y soliciten pruebas.

El Tribunal también reconoció que la acción cumple con los requisitos legales y que el asunto involucra derechos e intereses colectivos relacionados con el espacio público y bienes de uso público costero.

Un debate sobre acceso, turismo y espacio público

La Corporación Clúster Náutico y Marítimo de San Andrés sostiene que la situación denunciada impacta directamente la competitividad turística del Archipiélago, el derecho de acceso al mar y la transparencia en la operación de los puntos de embarque turísticos.

El proceso judicial busca que las autoridades definan reglas claras y públicas para el uso de las zonas bajo jurisdicción marítima y evitar que el acceso a bienes públicos quede sometido a favoritismos, barreras privadas o condicionamientos económicos sin soporte jurídico suficiente.

La acción popular continuará ahora su trámite ante el Tribunal Administrativo, que deberá analizar las pruebas y definir si existe vulneración de derechos colectivos y qué medidas deberán adoptar las autoridades competentes.

Referencias

  • Auto admisorio del Tribunal Administrativo del Departamento Archipiélago de San Andrés, Providencia y Santa Catalina, 12 de mayo de 2026.
  • Acción Popular presentada por la Corporación Clúster Náutico y Marítimo de San Andrés, Isla.
  • Solicitud de intervención y coordinación interinstitucional remitida a la Comisión Nacional de Moralización.